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Denuncias ante Sindicatura

Fecha última Actualización: 30/08/2019
Objeto
  • A través de este trámite el ciudadano podrá efecturar denuncias sobre posibles hechos de corrupción en el ámbito de la Administración Pública Municipal.

Quién puede realizar el trámite
  • Cualquier interesado.

Cómo y Dónde lo puede realizar
  • 1. A través de la Oficina Virtual:

    • Con usuario registrado: Podrá ingresar con su clave fiscal de AFIP vinculando el servicio previamente como se detalla en este instructivo, seleccionando el trámite correspondiente y presionando el botón "Iniciar trámite".
    • Sin usuario registrado: seleccionando la opción "Iniciar Trámite" e ingresando la información solicitada en las distintas instancias del diálogo.

    En ambos casos se requiere una ratificación personal de los hechos denunciados dentro de los 10 días hábiles de su formulación.

     

    2. Personalmente: deberá concurrir a la sede de la Sindicatura General Municipal, ubicada en el 5º piso del Palacio Municipal (Salta 2951), de lunes a viernes de 8 a 13 hs.

Costos
  • La realización de este trámite no tiene costo.

Tipología
  • Las denuncias pueden ser:
     

    • Con identificación del demandante: el denunciante da a conocer sus datos personales mínimos que permiten su identificación y, en caso de ser necesario, su ubicación.
       
    • Con identidad reservada: el denunciante da a conocer sus datos personales pero solicita que se mantenga su identidad en reserva. En este caso los datos de identificación del denunciante serán consignados en un acta que queda bajo resguardo de la Sindicatura General Municipal en sobre cerrado, cuyo contenido sólo podrá ser revelado en caso de requerimiento judicial.
       
    • Anónima: cualquier ciudadano puede hacer su denuncia sin brindar sus datos personales. En este caso, la presentación será admitida siempre que la Sindicatura pueda presumir la verosimilitud de los hechos planteados y la gravedad que revisten.
Observaciones
  • No se tomarán denuncias cuando:
     

    • Se presenten sin la información mínima y necesaria para iniciar una investigación de los hechos denunciados o bien no se pueda ampliar la denuncia por no contar con datos que posibiliten el contacto con el denunciante.
       
    • En los tipos de denuncias con identificación o con reserva de identidad, los datos personales suministrados por el denunciante fuesen falsos o no se pudiese verificar su autenticidad.
       
    • No sea clara la materia que es objeto de denuncia, salvo en el caso que se pueda tomar contacto con el denunciante a los fines de clarificar los hechos.
       
    • No sean ratificadas dentro del plazo de 10 días hábiles, en caso de denuncias realizadas con identificación del demandante o con identidad reservada.
       
    • Sean motivo de reclamos que no correspondan a la competencia de la Sindicatura General Municipal.
Ordenanza Municipal N° 10.610/2000 - Sistema de Adm. Financiera y Control
  • Art. 108 Inc p)

    Funciones de la Sindicatura General Municipal

    Toda otra función o tarea que le asigne el Intendente de la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz.

D.M.M N° 1492/2012 - Reglamento de denuncias
  • Texto Integro

D.M.M N° 0376/2008 - Encomendaciones de Sindicatura General Municipal
  • Art 1

    Encomendar a la Sindicatura General municipal la tarea de recibir denuncias y peticiones que se presenten, en relación con el accionar del Sector Público Municipal.

    Art. 2

    La Sindicatura General Municipal deberá reglamentar la recepción y tramitación de denuncias que reciba.  

    Art. 3

    Las denuncias que la Sindicatura reciba solo serán consideradas en el marco de las tareas de control que tiene asignada.   

    Art. 4

    Cuando el carácter de las denuncias recibidas así lo amerite, se dará el correspondiente traslado de la denuncia a Fiscalía Municipal por tratarse del órgano con competencia específica para recibir denuncias, realizar investigaciones y accionar judicialmente.    

Unidad Administrativa

Sindicatura General Municipal

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