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A través de este trámite los profesionales de la construcción (arquitectos, ingenieros, técnicos constructores, maestros mayores de obra) podrán solicitar el reporte catastral de una parcela sobre la que requiera ejecutar o documentar una obra. El mismo contiene datos alfanuméricos y de titularidad como así también información gráfica de dicha parcela.
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Documentación Básica
- Escritura del inmueble definitiva e inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble
- Primera foto del frente del inmueble actual (No Google Street View)
- Segunda foto del frente del inmueble actual (No Google Street View)
En caso de que no posea Escritura del inmueble definitiva e inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble podrá presentar:
- Cesión de Derechos y Acciones hereditarios: Escritura incorporada al expediente sucesorio, en el cual deberá constar orden de inscripción de dominio a favor del/los cesionario/s.
- Subasta Judicial: Se requerirá auto aprobatorio de subasta y toma de posesión por parte del adquirente.
- Adquirentes de lotes vendidos propiedad de la Dirección Provinicial de Vivienda y Urbanismo y/o Municipalidad de Santa Fe: Se deberá presentar constancia de poseedor actual expedida por la autoridad competente.
- Escrituras en trámite de Inscripción ante el Registro General de la Propiedad Inmueble: Constancia firmada por escribano actuante detallando: Número de Escritura, descripción del inmueble, partes intervinientes y número de aforo por el cual se ingresó al Registro de la Propiedad.
- Escrituras que se encuentren inscriptas en forma provisional en el Registro General de la Propiedad: Se deberá acompañar escritura/ficha registral con constancia de inscripción provisional no vencida.
- Fideicomisos: Acompañar de Escritura/ficha registral a los fines de dejar debida constancia de que el adquirente del dominio lo hace como Fiduciario del Fideicomiso.
- Declaratoria de Herederos, inscripta en el Registro General de la Propiedad (Sección Declaratoria) en relación al inmueble objeto de la solicitud, deberá ser presentada junto a la Escritura definitiva.
IMPORTANTE: En caso de que el motivo de la solicitud sea una DEMOLICIÓN, deberá aportar obligatoriamente la Escritura del Inmueble definitiva inscripta en el Registro General de la Propiedad Inmueble.
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Importante: El plazo para abonar la liquidación será de de 20 días corridos. En caso de no abonar dentro de ese plazo, la solicitud será desestimada y deberán iniciar una nueva.
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El profesional interviniente deberá estar habilitado por el Colegio Profesional correspondiente.
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Los profesionales de la construcción (arquitectos, ingenieros, técnicos constructores, maestros mayores de obra) con matrícula habilitada.
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A través de la Oficina Virtual:
Podrá ingresar con su clave fiscal de ARCA vinculando el servicio previamente como se detalla en este instructivo, seleccionando el trámite correspondiente y presionando el botón "Iniciar trámite".
En caso de haber gestionado previamente su "Clave Ciudadana", su usuario y clave de acceso permanecerán vigentes y podrá continuar ingresando al sistema con esta modalidad.
Se encuentra disponible un instructivo con la descripción de los pasos necesarios para efectuar la solicitud en la pestaña "Descarga y Enlaces".
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Verifique aquí el costo del trámite según la Ordenanza Tributaria vigente.
IMPORTANTE: En los trámites de mensura y reporte catastral, no se encuentra habilitado el pago de sellados mediante transferencia bancaria.
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El interesado inicia la solicitud junto con la documentación requerida. La Dirección de Catastro analiza la misma y en caso que la parcela cuente con los datos requeridos, se emite el respectivo reporte catastral notificando al interesado.
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Consideraciones a tener en cuenta respecto de los Documentos a Aportar:
Cuando el documento solicitado posee varias hojas, lo conveniente es crear una carpeta comprimida (extensión .zip o .rar) y adjuntarla.
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El Reporte Catastral tiene una validez de doce (12) meses, a partir de su fecha de emisión.