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Solicitud de Reporte Catastral

Fecha última Actualización: 12/12/2025
Objeto
  • A través de este trámite los profesionales de la construcción (arquitectos, ingenieros, técnicos constructores, maestros mayores de obra) podrán solicitar el reporte catastral de una parcela sobre la que requiera ejecutar o documentar una obra. El mismo contiene datos alfanuméricos y de titularidad como así también información gráfica de dicha parcela.

Documentación a aportar
  • Documentación Básica

    • Escritura del inmueble definitiva e inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble
    • Primera foto del frente del inmueble actual (No Google Street View)
    • Segunda foto del frente del inmueble actual (No Google Street View)

    En caso de que no posea Escritura del inmueble definitiva e inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble podrá presentar: 

    • Cesión de Derechos y Acciones hereditarios: Escritura incorporada al expediente sucesorio, en el cual deberá constar orden de inscripción de dominio a favor del/los cesionario/s.
    • Subasta Judicial: Se requerirá auto aprobatorio de subasta y toma de posesión por parte del adquirente.
    • Adquirentes de lotes vendidos propiedad de la Dirección Provinicial de Vivienda y Urbanismo y/o Municipalidad de Santa Fe: Se deberá presentar constancia de poseedor actual expedida por la autoridad competente.
    • Escrituras en trámite de Inscripción ante el Registro General de la Propiedad Inmueble: Constancia firmada por escribano actuante detallando: Número de Escritura, descripción del inmueble, partes intervinientes y número de aforo por el cual se ingresó al Registro de la Propiedad.
    • Escrituras que se encuentren inscriptas en forma provisional en el Registro General de la Propiedad: Se deberá acompañar escritura/ficha registral con constancia de inscripción provisional no vencida.
    • Fideicomisos: Acompañar de Escritura/ficha registral a los fines de dejar debida constancia de que el adquirente del dominio lo hace como Fiduciario del Fideicomiso.
    • Declaratoria de Herederos, inscripta en el Registro General de la Propiedad (Sección Declaratoria) en relación al inmueble objeto de la solicitud, deberá ser presentada junto a la Escritura definitiva.

    IMPORTANTE: En caso de que el motivo de la solicitud sea una DEMOLICIÓN, deberá aportar obligatoriamente la Escritura del Inmueble definitiva inscripta en el Registro General de la Propiedad Inmueble.

Otra información relevante
  • Importante: El plazo para abonar la liquidación será de de 20 días corridos. En caso de no abonar dentro de ese plazo, la solicitud será desestimada y deberán iniciar una nueva.

Requisitos
  • El profesional interviniente deberá estar habilitado por el Colegio Profesional correspondiente.

Quién puede realizar el trámite
  • Los profesionales de la construcción (arquitectos, ingenieros, técnicos constructores, maestros mayores de obra) con matrícula habilitada.

Cómo y Dónde lo puede realizar
  • A través de la Oficina Virtual:

    Podrá ingresar con su clave fiscal de ARCA vinculando el servicio previamente como se detalla en este instructivo, seleccionando el trámite correspondiente y presionando el botón "Iniciar trámite".

    En caso de haber gestionado previamente su "Clave Ciudadana", su usuario y clave de acceso permanecerán vigentes y podrá continuar ingresando al sistema con esta modalidad.

    Se encuentra disponible un instructivo con la descripción de los pasos necesarios para efectuar la solicitud en la pestaña "Descarga y Enlaces".

Costos
  • Verifique aquí el costo del trámite según la Ordenanza Tributaria vigente.

    IMPORTANTE: En los trámites de mensura y reporte catastral, no se encuentra habilitado el pago de sellados mediante transferencia bancaria.

Ruta Administrativa
  • El interesado inicia la solicitud junto con la documentación requerida. La Dirección de Catastro analiza la misma y en caso que la parcela cuente con los datos requeridos, se emite el respectivo reporte catastral notificando al interesado.

Observaciones
  • Consideraciones a tener en cuenta respecto de los Documentos a Aportar:

    Cuando el documento solicitado posee varias hojas, lo conveniente es crear una carpeta comprimida (extensión .zip o .rar) y adjuntarla.

Vigencia
  • El Reporte Catastral tiene una validez de doce (12) meses, a partir de su fecha de emisión.

Documento que obtiene el usuario
  • Reporte catastral de la parcela solicitada.

Ordenanza Municipal N°11.722/2010 - Línea de edificación Municipal
  • Texto Integro

Ordenanza Municipal N° 9.513/1992 - Parcelas que obstruyen continuidad de calles
  • Art. 1°

    Las parcelas de propiedad pública o privada que obstruyen la continuidad o prolongación natural de las calles de la trama urbana, quedan a partir de la vigencia de la presente ordenanza, afectadas, a los fines de asegurar o garantizar dicha continuidado prolongación.

    Art. 2°

    A las parcelas comprendidas en el artículo 1°, se le establece la prohibición de edificar en aquellas áreas o sectores de las mismas, coincidentes con la traza de las calles afectadas, en su continuidad o prolongación.

    Art. 3°

    El otorgamiento de línea a las parcelas alcanzadas por la presente ordenanza, deberá regirse lo dispuesto en el artículo 2°, a dicho fin la Dirección de Catastro impartirá las instrucciones y controlará la fijación en cada parcela afectada, de las líneas municipales que definan las áreas o sectores destinadas a las calles y ochavas, y que quedarán sujetas en la disposición de no edificar.

Ordenanza Municipal N° 7.279/1976 - Reglamento de Edificaciones
  • Art. 2.1.6

    Documentación para solicitud de permiso de obra

    Para solicitar Permiso de Obras se requerirá:

    a. En los casos previstos en a., b., c., d., e. y f., del artículo 2.1.5., la presentación del respectivo legajo, formado por dos carpetas ( una para uso interno de la Dirección de Edificaciones Privadas y otra para ser devuelta al solicitante, cuya obligación será conservarla en obra mientras ésta dure), en el interior de las cuales y en el orden que la Dirección de Edificaciones Privadas indique, se colocarán:
     

    1) Solicitud de Permiso de Obras (Impreso en la carpeta).

    2) Un juego de planos de obra, compuesto por un original en tela o copia en tela o similar y cinco copias heliográficas, una de las cuales llevará la constancia del cumplimiento de la Ley Nº 4.114, otorgada por el Consejo de Ingenieros y el monto de obra asignado por el mismo.

    3) Boletas de línea y nivel, expedidas por las Direcciones de Catastro y Topografía y de Planeamiento Urbano y Estudios y Proyectos, respectivamente.

    4) Constancia del pago de los derechos que correspondieren o del pago del pertinente anticipo, en caso de que aquellos sean abonados por convenio.
     

    b. En los casos de ampliación o modificación de obra en marcha, se deberá gestionar el permiso correspondiente, presentando la Carpeta de Obra conteniendo los nuevos planos y cumpliendo las mismas disposiciones consignadas en el inciso anterior, a excepción de la boleta de línea y/o nivel, que será exigida sólo si los mismos trabajos fueren a ejecutarse sobre la línea municipal.
     

    c. En los casos de edificación de obra nueva a ejecutar por etapas, la presentación de la documentación detallada en el Inciso a., correspondiente a la parte de obra a ejecutar inicialmente, deberá ser acompañada de un plano general en escala 1:200, como mínimo, con el proyecto total a desarrollar. El Permiso de Obras y la documentación correspondiente a las etapas subsiguientes, deberán ser completados antes de dar comienzo a cada una de ellas.

     

    d. En los casos previstos en el inciso e., del Articulo 2.1.5., la Dirección de Edificaciones Privadas podrá requerir la visación de las instalaciones a ejecutar a los organismos que pudieran corresponder (municipales, provinciales o nacionales).
     

    e. Cuando se solicite permiso de edificación y existiere visación previa otorgada por la Dirección de Edificaciones Privadas, en el legajo que se presente (conteniendo la documentación que se especifica en el inciso a. del presente articulo) podrá agregarse la carpeta de la requerida visación.
     

    f. (6) Cuando se construya, cambie, amplíe o reforme instalaciones eléctricas sin que se construya, cambie, amplíe o reforme la construcción existente, se podrá presentar únicamente la memoria técnica y los planos previstos en el inciso f. del punto 2.1.7., los que se incorporarán al legajo de la propiedad existente en la Dirección de Edificaciones Privadas. De no existir legajo, se deberá realizar la presentación según lo estipulado para requerir “Permiso de Obras.
    (6) Incorporado por art. 16 de la Ordenanza Nº 10236 del 13/11/97.

    Art. 3.3.2

    Línea Municipal:

    a. En los predios ubicados en esquinas, es de interés público, para la formación de espacios libres, mantener liberada la superficie de terreno comprendida entre las L.M. concurrentes y otra que se denomina Línea de Ochava. La Dirección de Edificaciones Privadas exigirá su ejecución de acuerdo a lo establecido en el presente, toda vez que se solicite permiso para construcciones nuevas, reformar, ampliar obras existentes o construir cercos o tapiales.

     

    b. La traza de la línea de ochava será perpendicular a la bisectriz del ángulo formado por las L.M. de las calles concurrentes y su longitud será función de dicho ángulo (Gráfico Nº 4).

     

    1) Ángulos menores de 90º: La distancia desde la intersección de ambas líneas hasta los extremos de la Línea de Ochava será igual a 4,95 m. (Gráfico Nº 5).

    2) Ángulos de 90º hasta 135º: La longitud de la Línea de Ochava será de 7m. (Gráfico Nº 6).

    3) Ángulos mayores de 135º: No existirá Línea de Ochava. (Gráfico Nº 7).

     

    c. Podrá edificarse dentro de la Línea de Ochava y sin llegar a ella, siempre que tal línea pertenezca íntegramente a un solo predio.

     

    d. En caso de proyecto de obras a realizarse en terrenos limitados por afectaciones por ensanches de calles, deberá cumplimentarse con lo establecido en el inciso a. del presente artículo, pudiendo, en forma transitoria y hasta que se proceda al ensanche referido, ejecutarse el cerramiento de la misma, con tabiques o carpintería no portantes, debiendo mantenerse la superficie destinada a ochava, libre de apoyos estructurales, instalaciones o cualquier otro elemento que permita la liberación de la misma en el momento en que se la requiera.

     

    e. Cuando un eje divisorio entre predios intercepte una Línea de Ochava, los edificios que sobre ella se erijan no podrán tener voladizos, salvo que se construyan simultáneamente, con un único motivo arquitectónico y previo establecimiento de una servidumbre, que se inscribirá en los títulos de propiedad. La reforma o demolición de las salientes en un predio, obliga a análogas obras en el otro, y tal obligación estará establecida en la servidumbre.

     

    f. En todos los edificios o muros de cerco que se encuentren fuera de la L.M. o esquinas que no estén ochavadas, sólo se autorizarán los trabajos necesarios para la conservación de ellos, prohibiéndose terminantemente toda clase de modificación, ampliación, etc., en la zona afectada.

    Art. 3.3.3

    Salientes en ochavas:

    Las salientes en ochavas no podrán avanzar por debajo de los 2,60 m de nivel de vereda, debiendo respetar lo establecido en 3.3.13. ("Salientes sobre Ochavas"), pudiendo optarse por las soluciones representadas en los Gráficos 8 y 9, constituyendo el Gráfico Nº 10 una solución combinada de las anteriores.

    Art. 3.3.13

    Salientes sobre ochavas

    Las salientes sobre ochavas se ajustarán estrictamente a las exigencias establecidas para salientes en fachadas, pudiendo, no obstante, ampliarse el saliente hasta la intersección de la L.M. y sobrepasar a ellas en no más de 0,30 m.

    Art. 3.6.19

    Salida de vehículos

    a) Ancho de salida para vehículos:

    El ancho libre mínimo de una salida para vehículos es de 3,00 m. En vivienda individual, dicho ancho puede ser de 2,40 m. En un predio donde se maniobre con vehículos, como a título de ejemplo se cita: Playa de carga y descarga de comercio, de industria o Honorable Concejo Municipal de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz Secretaría Legislativa 81 de depósito, estación de transporte de pasajeros o de cargas, el ancho mínimo de la salida es de 4,00 m.

     

    b) Salida de vehículos en predios en esquinas:

    Una salida para vehículos no puede ubicarse en la Línea de Ochava, y, cuando ésta no exista, la salida estará alejada no menos de 4,95 m del encuentro de las L.M. de las calles concurrentes.

Ordenanza Tributaria Municipal N° 12.855/2023 - Modificatoria OTM N°12.226/2015
  • Texto íntegro

D.M.M Nº 2/2013 - Implementación de Reporte Catastral
  • Art. 1

    Impleméntese el Reporte Catastral Municipal a ser emitido por la Dirección de Catastro, que constará de los datos alfanuméricos y gráficos de la parcela por la cual se realiza la consulta.

    Art. 2

    Dispóngase que el Reporte Catastral formará parte de la documentación requerida para el ingreso de legajos ante la Dirección de Edificaciones Privadas, ya sea para obra nueva, ampliación y/o relevamiento de hechos existentes, actualizando así el concepto de Boleta de línea según lo establecido por la Ordenanza N° 7279/76. Su admisión en versión digital, así como los aspectos instrumentales del procedimiento, serán fijados por la Secretaría de Planeamiento Urbano..

    Art. 6

    El Reporte Catastral y el Certificado de Verificación de Límites y Amojonamiento tendrán validez por 12 (doce) meses a partir de su fecha e emisión; para su renovación se admitirá Informe de invariabilidad de las condiciones en que fue emitido.

Unidad Administrativa

Dirección de Catastro

Carta de Servicios

INFORME DE ACTUACIONES (Carta de Servicios previa).

Con el objetivo fundamental de mejora de los servicios al Ciudadano, la municipalidad ha iniciado diversas actuaciones en materia de modernización administrativa y gestión de la calidad.
Dichos objetivos son el medio para conseguir una Administración, Ágil, Eficiente, Transparente y Colaboradora, centrada en el Ciudadano.

La Modernización de los Servicios.
1) Las actuaciones iniciadas por este gobierno municipal sobre modernización de los servicios, además de la mejora de la atención presencial y telefónica, tienen como finalidad principal la habilitación de un servicio telemático de Ventanilla Virtual.

Una Administración más cercana.
2) La Ventanilla Virtual (a través de Internet) es el medio ideal para obtener información, realizar trámites y efectuar el seguimiento de estos sin desplazamientos, durante las 24 horas del día, los 365 días del año.

Requisitos y objetivos de un proyecto avanzado de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
3) La solución adoptada da cumplimiento a los objetivos de un proyecto avanzado en esta materia, atendiendo a todas las recomendaciones y directrices establecidas en normativas internacionales sobre acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públic


Este documento (informe de actuaciones) es un punto de partida, genérico, que irá evolucionando hacia Cartas de Servicios específicas, en las que se concreten los compromisos adquiridos por las distintas Áreas Administrativas.

Solicitud de Reporte Catastral
  • Fase o Hito
    Trámites
    Prev.

    Revisión inicial de la documentación
    Revisión inicial de la solicitud

    Asignación a Digitalizador
    Asignación a Digitalizador

    Verificación técnica y digitalización
    Verificación técnica y digitalización

    Verificación dominial
    Verificación dominial

    A la espera del pago de la liquidación
    A la espera del pago de la liquidación

    A la espera de las correcciones enviadas al profesional
    Se envió al profesional una notificación con las correcciones que debe realizar

    Determinación de afectación - Dpto. de Mensura, Análisis y Deter. de Territorio
    Determinación de afectación ¿ Dpto. de Mensura, Análisis y Deter. de Territorio

    En proceso de Inspección
    Inspección

    Intervención de la Dirección de Urbanismo
    Intervención de la Dirección de Urbanismo

    Control Final - Reporte Catastral
    Emisión del Reporte Catastral

    Cierre por falta de documentación y/o requisitos
    Cierre por falta de documentación

    Cierre por no adjuntar el comprobante de pago del sellado
    Cierre por no adjuntar el comprobante de pago del sellado

    Cierre por falta de documentación de titularidad
    Cierre por falta de documentación de titularidad

    Cierre por no adjuntar las fotos del inmueble
    Cierre por no adjuntar las fotos del inmueble

    Cierre de la solicitud por otro motivo
    Cierre de la solicitud por otro motivo

    Cierre por no adjuntar comprobante de pago del sellado de Transferencia
    Cierre por no adjuntar comprobante de pago del sellado de Transferencia

    Cierre de la solicitud por multiplicidad de padrones

    Solicitud duplicada
    Solicitud duplicada

    Reporte Catastral emitido exitosamente
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